Las futuras torres de salvamento de Barcelona

Los Socorristas de Barcelona tendrán torres de vigilancia e intervención la próxima temporada.

El Ayuntamiento de Barcelona ha sacado a concurso público recientemente la licitación para adquirir las 21 torres que reemplazarán a las sillas metálicas que llevan décadas instaladas en las playas de la ciudad (ver información de la licitación).

Tras años de trabajo, el sindicato CGT ha alcanzado un acuerdo con la administración pública municipal, que mediante estas nuevas estructuras, permitirá tener mejores condiciones de seguridad laboral, una vigilancia más efectiva y un servicio más visible de cara a los bañistas y usuarios de las playas.

Esto representa un gran avance en el servicio y esperamos que marque un precedente para el restos de municipios costeros.

 

Trabajar de socorrista acuático

Para poder trabajar de socorrista acuático en la comunidad autónoma de Catalunya se deben cumplir los siguientes requisitos:

Estar en cualquiera de las siguientes situaciones:
– Ser ciudadano/a de España.
– Ser ciudadano/a de algún país miembro de la Unión Europea.
– Tener permiso de residencia expedido por el Gobierno español.

Formación:
– Ciclo formativo grado medio técnico deportivo en salvamento y socorrismo.
– Ciclo formativo grado superior técnico deportivo en salvamento y socorrismo.
– Certificado de profesionalidad expedido por el Servei d’Ocupació de Catalunya (SOC).-
– Certificado de competencias profesionales expedido por el Institut Català de les Qualificacions Professionals (ICQP).
– Titulación de socorrista acuático no reglada emitida por federaciones u otras instituciones/empresas.
– Las titulaciones obtenidas en el extranjero deben ser convalidads por el Departament d’Ensenyament de Catalunya.

ROPEC:

– Estár inscripto/a en el Registre Oficial de Professionals de l’Esport de Catalunya (ROPEC) para poder ejercer la profesión de socorrista acuático.

En relación a ofertas de trabajo se deberá contactar con las distintas empresas o administraciones públicas que brinden el servicio de salvamento y socorrismo.

Inscripción al ROPEC para socorristas

Incripción al ROPEC – Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Catalunya

El Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Cataluña (ROPEC) es la herramienta que garantiza la acreditación de las personas que ejercen las actividades profesionales reguladas en la Ley 3/2008 del ejercicio de las profesiones del deporte.

La exigencia de estar registrado en el ROPEC entró en vigor en julio de 2015 a efectos penales.

El 1 de enero de 2019 finalizó la moratoria sobre el régimen sancionador de la Ley 3/2008 del ejercicio de las profesiones del deporte. A partir de esta fecha entró en vigor el sistema de infracciones previsto en la normativa por el que no se pueden ejercer la profesión del salvamento y socorrismo sin constar inscrito en el pertinente registro, entre otras.

Moratoria 2019: A raíz de la dificultad de conseguir socorristas por la situación actual del sector del salvamento y socorrismo, el govern de Catalunya aplicó una moratoria al ente sancionador para la temporada 2019.

Moratoria 2020: Ante la situación de excepcionalidad que se está viviendo por la pandemia de covid-19 y en previsión a que muchos de los trabajadores que prestan sus servicios como socorristas provienen de otros países, sumado a la situación precaria del sector, el Govern ha decido aprobar una nueva moratoria al ente sancionador para la temporada 2020, aunque a efectos penales sigue siendo un requisito la inscripción al ROPEC.

Desde la ASPBC sostenemos que la falta de socorristas o la negación de estos a ejercer profesionalmente, se debe a las precarias condiciones laborales y salariales, la falta de un marco normativo que regule los servicios de salvamento y socorrismo, la temporalidad del sector, la falta de controles por parte de la administración pública a las malas prácticas empresariales y la falta de reconocimiento social de la figura socorrista, entre otras.

Requisitos para poder inscribirse:

Enlaces con más información:

Incripción al ROPEC.

Información en canal empresa – Generatlitat de Catalunya.

La ASPBC no tiene relación alguna con este registro y la información publicada en nuestra web sobre este tema es meramente orientativa.

Para dudas o consultas contactar con los organismos responsables: